Metropolitano Las irregularidades

  • Lima, 10 de mayo de 2022

  • Estado Movilidad

Señores

La República

At Génesis León

El abajo firmante, gerente general de la ASOCIACIÓN PARA EL IMPULSO DE LA MOVILIDAD COMO SERVICIO – A MOVERNOS, entidad que agremia a las empresas TRANSVIAL LIMA S.A.C., PERÚ MASIVO S.A. y LIMA VÍAS EXPRESS S.A., en adelante las sociedades concesionarias, me dirijo muy respetuosamente a ustedes con la finalidad de aclarar sobre ciertos temas en los que han sido aludidas estas, a través del reportaje periodístico publicado el 27 de abril de 2022 por la periodista Génesis León / Unidad LR Data, La República, “Metropolitano: Las Irregularidades y el motivo detrás del retraso de su ampliación hasta Carabayllo”, para brindar una completa información al respecto. 

En primer lugar, como Concesionarias del Metropolitano, se suman al reclamo ciudadano basado en la urgente necesidad de contar con todas las mejoras en la infraestructura del servicio de transporte de uso público integrado, requeridas en los respectivos contratos de asociación público privado para el Sistema de Corredores Segregados de Buses de Alta Capacidad – COSAC I (Metropolitano). Es así que han venido reclamando a las distintas administraciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima desde el año 2010, lo siguiente: El cumplimiento de la obligación de entrega total de la infraestructura del Sistema hasta Chimpu Ocllo, la habilitación legal y autorizaciones para la operación del Patio de Estacionamiento Norte (Sinchi Roca), la construcción y habilitación del segundo Patio Norte previsto en la Licitación y que se cumpla con la intangibilidad y reserva de las vías del COSAC I, disponiendo el inmediato retiro de éstas de todas las unidades de transporte tradicional que no sean buses troncales o buses alimentadores, incumplimientos que vienen ocasionando gran perjuicio al sistema integrado y van en contra del objetivo de brindar a los usuarios un servicio de calidad con la debida fiscalización del Concedente.

Que, las sociedades concesionarias y el propio sistema del Metropolitano también se han visto tremendamente afectados por los retrasos en la ejecución de la obra. Incumpliéndose así, reiteradamente, lo ofrecido por el Concedente, tanto para la licitación como en el contrato de asociación público privado como condición para la Fecha de Inicio prevista en el mismo. Todo lo cual recae en la exclusiva responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de PROTRANSPORTE en su calidad de Concedente y, que llevan ya varias administraciones municipales, sin que hasta la fecha se haya podido culminar con la ejecución del proyecto, manteniendo una operación parcial del sistema, perjudicando tanto a los Concesionarios como a los usuarios.

Que, en la relación jurídica se encuentran reguladas por un contrato de asociación público privado, el cual establece obligaciones que han sido expresamente establecidas para cada una de las partes y que las sociedades concesionarias han venido cumpliendo en tiempo y forma. En razón a ello, han venido sujetándose a cumplir con las inversiones, seguros y garantías requeridas, así como con los parámetros de calidad en el servicio que diariamente ofrecen a sus usuarios, siendo permanentemente supervisados por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, su actual contraparte en dicho contrato, cuyas funciones y competencias se encuentran previstas en su propia norma de creación y en el propio contrato de asociación público privado que también la obliga.  

Se quiere aclarar que no es cierto que las sociedades concesionarias hayan obtenido beneficios tal como fuera mencionado en su reportaje, como consecuencia de alguna postergación del plazo de la concesión, o de alguna suspensión de sanciones administrativas o penalidades, a través de adendas, ya que tales adendas fueron firmadas a requerimiento del Concedente y por el solo efecto de brindársele un plazo adicional para que pueda viabilizar el cumplimiento de sus obligaciones (lo cual lamentablemente no se cumplió y dio origen a reclamos arbitrales).

 Al inicio de la operación gradual, aceptaron condiciones propuestas por el Concedente para subsanar sus incumplimientos que derivaron en modificaciones contractuales suscritas siempre dentro de los parámetros de la ley; y, sin embargo, también se han visto obligadas a someter la solución de sus controversias ante los órganos jurisdiccionales, conforme a lo pactado en el contrato de asociación público privado, existiendo laudos que favorecen la posición de las sociedades concesionarias, los cuales ratifican los incumplimientos de las sucesivas administraciones municipales.        

Cabe señalar qué gracias a la seguridad jurídica existente en el país en favor de la inversión privada, tales reclamos han terminado en laudos condenatorios contra el Concedente con claras y contundentes motivaciones, los cuales hasta la fecha siguen sin ser cumplidos. Asimismo, cabe mencionar que no es cierto que se hayan obtenido ingresos extraordinarios, ya que por el contrario las sociedades concesionarias han venido y vienen soportando los incumplimientos del Concedente, quien no ha permitido que el sistema llegue a su equilibrio económico y que sea auto financiado como lo prevé el contrato de asociación público privado. 

En todo momento el comportamiento de las sociedades concesionarias ha sido transparente y de estricto cumplimiento al contrato de asociación publico privado suscrito entre las partes, de cara a las diversas autoridades que han venido ejerciendo su calidad de contraparte en el contrato. En razón a ello, se encuentran a la espera de la pronta culminación de las obras de la ruta troncal y Patio Norte del COSAC I, así como del cumplimiento de las obligaciones necesarias para el inicio de la operación total del sistema, lo cual permita brindar un mejor servicio a los usuarios que no han recibido lo previsto, debido a los incumplimientos del Estado.    

Si bien persisten los incumplimientos de responsabilidad del Concedente que generan perjuicios económicos en contra del Estado, ello ha sido única y exclusivamente producto de la propia gestión y de la responsabilidad derivada de las sucesivas administraciones municipales. Sin embargo; cabe resaltar que las sociedades concesionarias vienen siendo actualmente escuchadas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, estando a la fecha por implementarse mesas de trabajo para resolver tales incumplimientos, recibidos de la administración de PROTRANSPORTE y, que afectan repetidamente las condiciones originalmente establecidas y pactadas en el contrato de asociación público privado, suscrito entre las partes. 

Que, en todo momento las sociedades concesionarias han transmitido que se encuentran abiertas en buscar una solución equitativa para las partes, incluso cabe destacar que durante la emergencia sanitaria han puesto su máximo esfuerzo pese a las diferencias en la interpretación del régimen normativo, para que se garantice la continuidad y los índices de calidad en el servicio, en favor del usuario. 

Cabe señalar que las sociedades concesionarias se encuentran en favor de garantizar la continuidad de un servicio integrado de transporte, como es el COSAC I (Metropolitano), ejemplo para la mejora en la movilidad y en el acceso a cada vez mayor cantidad de ciudadanos que merecen un servicio de calidad que los beneficie con un ahorro económico y en tiempos de viaje, mejoras de programación en favor de una disminución en los transbordos al momento de realzar los viajes, de una mayor seguridad para el usuario y de un menor impacto al medio ambiente, con recorridos a realizarse a través de vehículos y combustibles más limpios y seguros . Todo esto abunda en favor de una movilidad sostenible de cara al desarrollo de la cuidad de Lima y Callao, pero el contrato tiene obligaciones reciprocas y es necesario que el Concedente brinde cumplimiento a las suyas para alcanzar los objetivos previstos. 

Las sociedades concesionarias nunca han acudido a los medios de prensa para discutir las controversias surgidas en contra del Concedente, y así seguirán haciéndolo por respeto a los mecanismos previstos en los respectivos contratos de asociación público privado que los regula, pero tampoco pueden dejar que la información parcial y tergiversada a la que ha podido acceder vuestro diario, dañe injustificadamente la imagen de las sociedades concesionarias, quienes a pesar de los incumplimientos del Estado que datan de largo tiempo, han puesto el mejor esfuerzo para garantizar el servicio dentro de las condiciones de calidad que fuera licitado.

Quedo a vuestra disposición por cualquier duda sobre las afirmaciones expresadas en la presente carta, con la finalidad de acreditar lo expresado.

Atentamente,

Roberto Vélez Salinas

DNI 09151117 

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